Historia Legislativa es un proyecto de la Dirección General de Estudios Legislativos: Política y Estado del Instituto Belisario Domínguez, que tiene por objetivo sistematizar la labor parlamentaria de los integrantes del Senado de la República a partir de constituir una base de datos que, en principio, incluirá las Iniciativas de Ley y Puntos de Acuerdo que los senadores hayan presentado ante el pleno de la Cámara Alta. El propósito es reunir el trabajo de todos los grupos parlamentarios representados en el Senado, aunque en éste primer esfuerzo se sistematiza únicamente lo presentado por los integrantes del Partido Revolucionario Institucional.

martes, 9 de febrero de 2010

Que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley para regular las Sociedades de Información Crediticia.

Iniciativa que presenta el Senador Jesús Murillo Karam

La iniciativa propone: 1) modificar la definición de Base Primaria de Datos para que la información de operaciones crediticias fraudulentas forme parte de ella, asimismo, las sociedades de información crediticia ya no considerará como cartera vencida aquella definida por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, sino la que la propia ley define en los siguientes términos: -aquellos créditos cuyos acreditados hayan sido declarados en concurso mercantil, o bien, cuyo principal, intereses o ambos, no hayan sido liquidados en los términos pactados originalmente- y se señalan los supuestos en que se deba dar la cartera vencida; 2) establecer las claves únicas de prevención y observación, por ende ya no deberán ser aprobadas por el consejo de administración de las sociedades ni por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores; 3) obligar a las sociedades de información crediticia a reducir de 72 a 60 meses la eliminación del historial crediticio que refleje el cumplimiento de cualquier obligación o bien, el incumplimiento ininterrumpido de cualquier obligación exigible así como las claves de prevención que les correspondan; y 4) reclamar a las sociedades de información crediticia y a los usuarios cuando den información errónea, sin importar que exista culpa grave, dolo o mala fe en el manejo de la base de datos. Para ello reforma los artículo 2, 21, 23, 51, 60 y 68 de la citada ley.

Conoce la Iniciativa

Se turnó a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público; y de Estudios Legislativos, Primera